David Loreto nos comparte esta importante reflexión:
Hoy se ha publicado en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental (LFRA) http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5301688&fecha=07/06/201.
Su relevancia radica en que es el primer
ordenamiento en la historia
de nuestro país que resuelve y define: Qué es el
daño ambiental, Qué no es daño ambiental, Cómo se debe
reparar el daño ambiental, Cómo y cuándo se debe compensarse este
daño.
Ello en el entendido de que reconoce que el desarrollo nacional
sustentable debe considerar los valores económicos, sociales y ambientales.
Entre otras situaciones,
en su Artículo 45, establece la creación del Fondo de Responsabilidad
Ambiental que tendrá
como objeto el pago de la reparación de los daños que sean ocasionados al
ambiente, en los casos que por razones
de urgencia o importancia determine la administración pública federal,
además del pago de los estudios e
investigaciones que el juez requiera realizar a la SEMARNAT o la PROFEPA
durante el proceso jurisdiccional de responsabilidad ambiental.
Gracias por la reflexión David.
Viene entonces el reto de conocer la ley y, por supuesto, cómo hacer un desarrollo sostenible y que cumpla con las disposiciones legales.
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